Trámites y Servicios

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Registro del Estado Civil

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Datos Generales:

Dirección: León e/ Martí y José Miguel Gómez.

Teléfono: 23-57-7509


Acá prestamos los siguientes servicios:

Inscripciones de Nacimiento, Defunción y Matrimonio:

Para la inscripción de los nacimientos deben presentarse los padres con los respectivos carné de identidad y con la planilla que le es entregada en el Hospital en el caso de que no inscriban antes de salir la madre del mismo y está inscripción debe practicarse antes del mes de nacido el recién nacido.

Expedición de Certificaciones:

Esto se hace basado en los asientos que obran en cualquiera de las oficinas registrales y cualquier persona mayor de edad puede hacer la solicitud. Las certificaciones se hacen de forma manual, mecánica o automatizadas, en este caso en nuestra provincia se están expidiendo de forma automatizada por el SIREC. Para hacer la solicitud de certificaciones de nacimiento deben presentar el carné de identidad donde conste tomo y folio y cuando sea de Defunción y Matrimonio la fecha y para cada certificación 1 sello de $5.00.

Inscripciones Fuera de Término (Nacimiento, Defunción y Matrimonio):

En las inscripciones fuera de término ya sea de nacimiento, defunción y matrimonio el promovente debe presentar Escrito de Solicitud, Certificación Negativa, Declaración Jurada ante Notario. En la de nacimiento si el inscripto es mayor de 18 años, además de presentar los documentos antes mencionados debe traer informe pericial del médico en el que se certifique la edad aproximada y cualquier otro documento probatorio admitidos en derecho. En la de Defunción a parte de los documentos que se hicieron mención anteriormente deben presentar Certificado del lugar donde fue inhumado o cremado el cadáver y en la de Matrimonio deben presentar los documentos que se relacionaron al comienzo y una copia autorizada del documento mediante el cual se formalizó el acto y cualquier otro documento probatorio.

Cambio, Adición o Supresión de Nombres y Apellidos:

Este lo pueden hacer las personas mayores de 18 años y en el caso de los menores de edad la solicitud debe hacerla ambos padres, dicha solicitud puede hacerse en la Oficina Registral donde reside la persona o donde este inscripta. Para realizar el trámite la persona debe probar que es conocida socialmente por los nombres o apellidos que solicita y los documentos que debe presentar es su carné de identidad, certificación de matrimonio si es un matrimonio legalmente formalizado, certificación de nacimiento de los hijos, declaración jurada ante Notario, Antecedentes Penales y otros documentos probatorios.

Subsanación de Error:

El interesado o su representante legal debe presentarse ante el Registrador de la oficina registral correspondiente al domicilio del promovente o donde se encuentra inscripto y hacer la solicitud donde debe presentar la certificación errónea y los documentos probatorios. En el caso que se trate de un menor de edad la solicitud puede hacerla cualquiera de los dos padres.

Reconocimiento de Filiación de padres a hijos:

Los padres deben presentarse hacer la solicitud con su carné de identidad , declaración jurada ante el Notario o Registrador. En el caso de cubanos residentes en el exterior o extranjeros deben acreditar la Escritura de Reconocimiento ante el Notario de la Consultaría Jurídica Internacional y el documento expedido por Inmigración y Extranjería acreditando la fecha de entrada y salida del país.

Formalización de Matrimonio:

Los contrayentes para hacer la solicitud deben presentar el carné de identidad de ambos, acreditar el estado conyugal; en el caso de la mujer cuyo matrimonio se haya extinguido y decida formalizar uno nuevo antes de transcurrir 300 días de dicha extinción deberá acreditar con certificación médica si se halla o no en estado de gestación. Cuando es un menor de edad deben tener la autorización de ambos padres y cuando es un matrimonio por poder tienen que presentar el Poder Especial que este se hace ante Notario, aclarar que el día que se vaya a formalizar el matrimonio deben estar presente dos testigos con su Carné de Identidad y que estos deben ser mayores de edad y no pueden se familia de ninguno de los contrayentes.

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