Las personas naturales autorizadas a ejercer el Trabajo por Cuenta Propia, si se encuentran comprendidos entre las actividades que obliga el DL (servicio gastronómico en restaurantes; servicio gastronómico en cafetería; servicio de bar y recreación; arrendador de vivienda; habitaciones y espacios y servicios de construcción; reparación y mantenimiento de inmuebles) deben designar una de sus cuentas o abrir una en caso que no cuente con ninguna, como cuenta fiscal.
Saldo mínimo: El equivalente a tres (3) cuotas mensuales a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Personales, a cuyo pago está obligado su titular.
Instrumentos de pago: cheques, tarjetas magnéticas, transferencias bancarias ó efectivo.
Documentos a presentar para la apertura:
- Modelo de solicitud firmado por el titular.
- Carné de identidad.
- Licencia de la autoridad competente de acuerdo a la actividad que se realice.
- Inscripción en el Registro de Contribuyentes.
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