¿Cómo solicitar un Certificado de Regulaciones Urbanas?
La persona interesada presenta su solicitud ante el funcionario de Planificación Física (OGTV).
- Escrito de solicitud personal que contenga los siguientes datos: nombres y apellidos, carné de Identidad, dirección de la vivienda.
- Sello de timbre por valor de 5.00 pesos.
Término: 10 días hábiles posteriores a su solicitud.
¿Cuándo se emite una Licencia de Construcción?
La Disposición Jurídica Resolución No. 54/1
La Disposición Jurídica Resolución No. 54/14 del Instituto de Planificación Física plantea que se emiten para:
- Acciones constructivas que ocupen suelo con carácter definitivo.
- Edificación de nuevas viviendas.
- Ampliación de las viviendas existentes.
- Cualquier otra que implique modificaciones estructurales en viviendas individuales y en edificios multifamiliares.
A la solicitud de la Licencia de Construcción por las personas naturales se acompaña:
- Escrito de solicitud personal que contenga los siguientes datos: nombres y apellidos, carné de identidad, dirección de la vivienda y tipo de acción constructiva que pretende ejecutar (obra nueva, ampliación, reconstrucción, remodelación, división, unificación).
- Documento legal en el caso de nuevas construcciones (Resolución de Derecho Perpetuo de Superficie, propiedad del solar yermo o la Resolución de Cesión de azotea).
- Título de propiedad de la vivienda para los demás casos.
- Certificado de Regulaciones Urbanísticas que emite la DMPF.
- Proyecto Ejecutivo que describa acciones constructivas a ejecutar, elaborado por el Arquitecto de la Comunidad u otra empresa de proyecto.
- Para la construcción por esfuerzo propio en fincas rústicas, propiedad de pequeño agricultor deben presentar, además, autorización del Delegado del Ministerio de la Agricultura y visto bueno de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños (ANAP).
- Sello de timbre por el valor correspondiente.
- $ 10.00 para obras nuevas, ampliación y remodelación de hasta 60 metros cuadrados totales.
- $ 15.00 para obras nuevas, ampliación y remodelación de más de 60 metros cuadrados totales.
Término para la revisión del proyecto: 30 días hábiles posteriores a su entrega.
Término para emitir la Licencia de Construcción: 30 días hábiles posteriores a la entrega del proyecto aprobado.
Cualquier modificación del proyecto se consulta a la DMPF antes de ejecutarse la obra.
¿Cuándo se emite una Autorización de Obra?
Autorización de Obra para los siguientes trabajos:
- Obras menores externas a la vivienda
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